Luego de la investigación realizada en terreno, y de recopilar los datos necesarios, la Fiscalía General de la Nación judicializó a José Armando Carvajal Fernández, alias, Flaco Carvajal, a quien se lo acusa por su presunta participación en el secuestro y asesinato del Personero de Cumbitara, al occidente de Nariño, Jimmy Alejandro Rosero Chávez.
Visitaba a víctimas en zona rural
El caso se presentó el 5 de noviembre del año 2024, cuando el funcionario adelantaba una visita a víctimas en una vivienda del corregimiento de Sidón, en ese momento arribó un grupo armado, al parecer integrantes de las disidencias de las Farc que se lo llevó en contra de su voluntad.
Le causaron la muerte
Luego de amenazarlo, según la investigación de la Fiscalía, fue trasladado a un sector conocido como Puente Rojo en cercanías al corregimiento de El Ejido, donde le habrían disparado en múltiples ocasiones causándole la muerte de manera instantánea.
Las pruebas
Es de anotar que luego de 10 meses de una exhaustiva investigación, y de recopilar el material probatorio, establecieron que, al día siguiente del asesinato, un grupo de integrantes del CTI, la Policía y el Ejército Nacional intentaron ingresar a la zona para adelantar la inspección técnica del cadáver, pero fueron atacados con artefactos explosivos impidiéndoles adelantar el procedimiento. En este hecho resultó gravemente herido un soldado.
El cuerpo del personero logró ser extraído del lugar dos días después del crimen.
Los delitos
La investigación determinó que Carvajal Fernández utilizando armas de uso personal, y de uso restringido, así como explosivos, habría participado en la ejecución de estos hechos.
Este hombre integraría el autodenominado frente Franco Benavides del Estado Mayor Central (EMC) de las disidencias de las Farc.
En este sentido, una fiscal de la Unidad Especial de Investigación, UEI , le atribuyó los delitos de homicidio agravado por la calidad de defensor de derechos humanos de la víctima, tentativa de homicidio agravado, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; fabricación, tráfico porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos; secuestro simple y violencia contra servidor público. Los cargos no fueron aceptados.



